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Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal

Lic. José M. Lucario Martínez
Encargado de la Oficina de Información Pública

Caballo Calco # 22
Barrio de la Concepción
C.P 04020
Delegación Coyoacán
54844500 ext 3910 y 2401

Correo electrónico oipcoy@coyoacan.df.gob.mx


CAPITULO II DE LA TRANSPARENCIA Y PUBLICIDAD DE LOS ACTOS DE LOS ENTES PUBLICOS DEL DISTRITO FEDERAL

Artículo 13.- Todo Ente Público del Distrito Federal deberá publicar al inicio de cada año un listado de la información que detentan, por rubros generales, especificando el ejercicio al que corresponde, medios de difusión y los lugares en donde se pondrá a disposición de los interesados, a excepción de la información reservada o clasificada como confidencial en términos de esta Ley.

Información aquí

Fuente de información: Secretario Particular del Jefe Delegacional.
Fecha de Validación: 31 de marzo de 2009



Artículo 14.- Al inicio de cada año, los entes públicos deberán publicar y mantener actualizada, de forma impresa o en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

I. El marco normativo aplicable al Ente Público, en la que deberá incluirse la Gaceta Oficial, Leyes Reglamentos, reglas de procedimientos, manuales administrativos, políticas emitidas aplicables al ámbito de su competencia.


Información aquí

Fuente de información: Subdirección de Asistencia Legal y Juzgados.
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010


II.
Su estructura orgánica en un formato que permita vincular por cada eslabón de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden de conformidad con las disposiciones aplicables.

Información aquí

Fuente de información: Coordinación de Modernización Administrativa.
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010


III. La relativa a sus funciones más relevantes que deberá incluir los indicadores de gestión.

Información aquí

Fuente de información: Coordinación de Asesores, Dirección General de Administración.
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010


IV. El directorio de servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente hasta el titular del Ente Público, con nombre, fotografía, domicilio oficial, número telefónico oficial y en su caso dirección electrónica oficial.

Información aquí

Fuente de información: Coordinación de Modernización Administrativa.
Fecha de Validación:
12 de febrero de 2010

V. El perfil de los puestos de los servidores públicos y el curriculm de quienes ocupan esos puestos.

Información aquí

Fuente de información: Subdirección de Administración de Personal.
Fecha de Validación :
12 de febrero de 2010

VI. Remuneración mensual bruta y neta de todos los servidores públicos por sueldos o por honorarios, incluyendo todas las percepciones, prestaciones y sistemas de compensación, en un formato que permita vincular a cada servidor público con su remuneración.


Información aquí

Fuente de información: Subdirección de Administración de Personal.
Fecha de Validación:
12 de febrero de 2010


VII. Una lista con el importe por concepto de viáticos, gastos de representación y alimentación, donde se vinculen estos gastos mensuales al servidor público que los ejecutó con motivo de su encargo o comisión.

Información aquí

Fuente de información: Subdirección de Programación y Presupuesto.
Fecha de Validación:
12 de febrero de 2010


VIII. La relación de sus bienes y el monto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a trescientos cincuenta veces el salario mínimo vigente del Distrito Federal.

Información aquí

Fuente de información: Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales.
Fecha de Validación: 27 de abril de 2009

IX.
Esta fracción se publicó en blanco en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

X. Para los últimos tres ejercicios fiscales, la relativa al presupuesto asignado en lo general y por programas, así como los informes trimestrales sobre su ejecución. Esta información incluirá:

a) Los ingresos recibidos por cualquier concepto, incluidos los donativos, señalando el nombre de los responsables de administrarlos y ejercerlos.

No aplica
   
b) Los montos destinados a gastos relativos a Comunicación Social.

Información aquí     
   
c) El presupuesto de egresos y método de estimación, incluida toda la información relativa a los tratamientos fiscales diferenciados o preferenciales.

Información aquí      
   
d) Las bases de cálculo de los ingresos.

No aplica
   
e) Los informes de cuenta pública.

Información aquí      
   
f) Aplicación de fondos auxiliares especiales y el origen de los ingresos.

Información aquí  
   
g) Estados financieros y balances generales, cuando así proceda.

Información aquí       

Cuenta Pública del D.F. 2007 - Secretaría de Finanzas del D.F.

Fuente de información: Subdirección de Programación y Presupuesto.
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010

XI. La calendarización de las reuniones públicas de los diversos consejos, órganos colegiados, gabinetes, sesiones plenarias, comisiones y sesiones de trabajo a que se convoquen. Se deberán difundir las correspondientes minutas o actas de dichas reuniones y sesiones en los términos del artículo 37 de esta Ley.


Información aquí


Fuente de información: Dirección General de Administración, Dirección General de Participación Ciudadana y Desarrollo Delegacional, Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, Dirección General de Servicios Urbanos, Dirección General de Desarrollo Social, Oficina de Información Pública.
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010

XII. Nombre, domicilio oficial y dirección electrónica, de los servidores públicos encargados del Comité de transparencia y de la Oficina de Información Pública.

Información aquí

Fuente de información: Oficina de Información Pública.
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010

XIII. Los instrumentos archivísticos y documentales, de conformidad con lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables.

Información aquí

Fuente de información: Dirección General de Administración.
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010

XIV. La relativa a sus actividades específicas más relevantes. En su difusión se deberá incluir un índice que detalle los contenidos de la información sobre la gestión de las actividades que caracterizan sus principales objetivos institucionales.

Información aquí

Fuente de información: Secretario Particular del Jefe Delegacional.
Fecha de Validación:
12 de febrero de 2010

XV. Con respecto a las auditorias y revisiones, un informe que contenga lo siguiente:

a) Los resultados de todo tipo de auditorías concluidas, hechas al ejercicio presupuestal de cada uno de los Entes Públicos.

http://www.contraloria.df.gob.mx/transparencia/
   
b) El número y tipo de auditorías a realizar en el ejercicio presupuestario respectivo, así como el órgano que lo realizó;
   
c) Número total de observaciones determinadas en los resultados de auditoría por cada rubro sujeto a revisión y las sanciones o medidas correctivas impuestas; y
   
d) Respecto del seguimiento de los resultados de auditorías, el total de las aclaraciones efectuadas por el Ente Público.

Información aquí

Fuente de información: Dirección General de Administración, Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano.
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010


XVI. Los dictámenes de cuenta Pública así como los estados financieros y demás información que los órganos de fiscalización superior utilizan para emitir dichos dictámenes.

No aplica

Esta información es generada por la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
http://www.cmhaldf.gob.mx/Transparencia/Transparencia.html


XVII.
Respecto de los convenios y contratos celebrados por el ente público, un listado que relacione el número de contrato, su fecha de celebración, el nombre o razón social del proveedor, objeto, el monto del valor total de la contratación, el plazo de ejecución, los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso estudios de impacto urbano e impacto urbano –ambiental.

Información aquí

Fuente de información: Dirección General de Administración, Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano.
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010

XVIII. Respecto de las concesiones, licencias, permisos y autorizaciones, se deberá publicar su objeto, el nombre o razón social del titular, vigencia, el tipo así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos.

Información aquí

Fuente de información: Dirección General de Cultura, Dirección General Jurídica y de Gobierno, Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, Dirección General de Servicios Urbanos, Dirección General de Desarrollo Social.
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010

XIX. Los informes que debe rendir el Ente Público, La Unidad responsable de los mismos, el fundamento legal que obliga a su generación, así como su calendario de publicación.


Información aquí

Fuente de información: Jefatura Delegacional, Dirección General de Administración, Dirección General Jurídica y de Gobierno, Dirección General de Participación Ciudadana y Desarrollo Delegacional, Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, Dirección General de Servicios Urbanos, Dirección General de Desarrollo Social
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010

XX. Los servicios y programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos.

Información aquí

Fuente de información: Subdirección de Programación y Presupuesto.
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010


XXI. Sobre los programas de apoyo o subsidio deberá difundirse el diseño, ejecución, montos asignados y criterios de acceso, así como los padrones de las personas beneficiarias.

No hay programas de subsidio en este órgano político administrativo.

Información aquí

Fuente de información: Dirección General de Participación Ciudadana y Desarrollo Delegacional, Dirección General de Desarrollo Social, Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, Dirección General Jurídica y de Gobierno.
Fecha de Validación:
12 de febrero de 2010

XXII. Los montos criterios, convocatorias y listado de personas a quienes, por cualquier motivo, se les entregue o permita usar recursos públicos. Asimismo, cuando la normatividad interna lo establezca, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.

Información aquí

Fuente de información: Subdirección de Desarrollo de Personal y Política Laboral.
Fecha de Validación:
12 de febrero de 2010

XXIII.
La relacionada con los programas y centros destinados a la práctica de la actividad física, el ejercicio y el deporte, incluyendo sus direcciones, horarios y modalidades.


Información aquí

Fuente de información: Dirección de Promoción Deportiva.
Fecha de Validación:
12 de febrero de 2010


XXIV. Los programas operativos anuales y/o de trabajo de cada uno de los Entes Públicos.

Información aquí

Fuente de información: Subdirección de Programación y Presupuesto.
Fecha de Validación:
12 de febrero de 2010

XXV. Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.

Información aquí


Fuente de información: Subdirección de Programación y Presupuesto.
Fecha de Validación:
12 de febrero de 2010

Cuenta Pública del D.F. 2007 - Secretaría de Finanzas del D.F.

XXVI. Cuenta Pública.

Información aquí


Fuente de información: Subdirección de Programación y Presupuesto.
Fecha de Validación:
12 de febrero de 2010

XXVII. Los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluido el expediente respectivo. En el caso que contenga información reservada o confidencial, sobre ellos se difundirá una versión pública que deberá contener:

a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:

1. La convocatoria o invitación emitida
2. Los participantes o invitados
3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican
4. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución.
5. La fecha del contrato, su monto y plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra licitada
6. En su caso, los convenios modificatorios que recaigan a la contratación, precisando en que consisten y su fecha de firma.

Información aquí
   
b) De las adjudicaciones directas:

1. Los motivos y fundamentos legales aplicados
2. En su caso, las cotizaciones consideradas
3. El nombre de la persona adjudicada
4. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución
5. La fecha del contrato, su monto y plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra
6. En su caso, los convenios modificatorios que recaigan a la contratación.

Información aquí

Fuente de información: Dirección General de Administración, Dirección Genera de Obras.
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010



Artículo 18.- Además de los señalado en al artículo 14, los órganos político administrativos, al inicio de año, deberán mantener actualizada, de forma impresa para su consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción I. Las cantidades recibidas por concepto de recursos autogenerados así como el uso o aplicación que se les da.

Información aquí

Fuente de información: Unidad departamental de Tesorería y Autogenerados.
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010


Fracción II. Los indicadores oficiales de los servidores públicos que presten

Información aquí

Fuente de información: Coordinación de Asesores.
Fecha de Validación:
12 de febrero de 2010

Fracción III. El calendario con las actividades culturales, deportivas y recreativas a realizar.

Información aquí

Fuente de información: Dirección General de Cultura, Dirección General de Desarrollo Social.
Fecha de Validación:
12 de febrero de 2010

Fracción IV. Las actas de sesiones de los comités y subcomités establecidos por la normatividad vigente

Información aquí

Fuente de información: Jefatura Delegacional, Dirección General de Administración, Dirección General Jurídica y de Gobierno, Dirección General de Participación Ciudadana y Desarrollo Delegacional, Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, Dirección General de Servicios Urbanos, Dirección General de Desarrollo Social, Oficia de Información Pública.
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010

Fracción V. La información que muestre el estado que guardan los bienes asignados, incluyendo la relación de los bienes muebles e inmuebles, los inventarios reacionados con altas y bajas en el patrimonio del Distrito Federal asignado a los Organos Políticos-Administrativos, cuyo monto sea mayor a 350 salarios mínimos vigentes;

Información aquí

Fuente de información: Subdirección de Programación y Presupuesto.
Fecha de Validación:
12 de febrero de 2010

Fracción VI. Sobre el ejercicio del presupuesto deberá publicarse el calendario trimestral sobre la ejecución de las aportacpnnes federales y locales, pudiendo identificar el programa para el cual se destinaron y, en su caso, el monto del gasto asignado;

Información aquí

Fuente de información: Dirección General de Administración.
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010


Fracción VII. En el caso de la información sobre programas de subdsidio, se deberá considerar toda aquella información sobre los programas sociales; y

Información aquí

Fuente de información: Subdirección de Programación y Presupuesto.
Fecha de Validación:
12 de febrero de 2010


Fracción VIII. Los Programas de Desarrollo Delegacionales, vinculados con sus programas operativos anuales y sectoriales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero, para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión se deberá difundir además, el método de evaluación con una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asigados para su cumplimiento.

Información aquí

Fuente de información: Dirección General de desarrollo Social.
Fecha de Validación:
12 de febrero de 2010



Artículo 29. Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el Ente Público deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la fecha de la última actualización por cada rubro a los que se refieren este Capítulo.

Información aquí

Fuente de información: Oficina de Información Pública
Fecha de Validación: 12 de febrero de 2010

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SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

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